La violencia intragénero es aquella que se produce en el seno de una pareja o expareja del mismo sexo/género. Es una problemática de la que no se habla y esto hace que sea más difícil que la identifiquemos o detectemos tanto en nuestras relaciones como en nuestro entorno.
La violencia tiene muchas formas, física, psicológica, sexual, económica o vicaria:
- Violencia física: Empujones, zarandeos, mordiscos, negar el sueño o la comida, lanzar o golpear objetos, …
- Violencia psicológica: Manipulación, insultos, amenazar con sacar del armario (parasitismo violento), críticas, humillaciones, abandono, aislamiento social, control,…
- Violencia económica: Control de los gastos e ingresos, hacer que se dependa económicamente, negar el acceso a los recursos económicos, …
- Violencia sexual: Tocamientos no deseados, violaciones, negarse a usar protección en las relaciones, obligar a realizar prácticas sexuales,...
- Violencia vicaria: Amenazar con ejercer o ejercer violencia hacia los hijos/as en común, hablar mal a los hijos/as del otro/a progenitor/a, ...
Si te remueve, si sientes que estás viviendo una situación en pareja que te chirría o que has vivido situaciones que no te han encajado con una expareja, háblalo con tu entorno, con tus personas de confianza, acude a los recursos de la zona, contacta con tu colectivo LGTBI cercano, tienes nuestro apoyo.
Hay que poner en conocimiento a las posibles víctimas de cómo se define este tipo de violencia, cuál es su problemática y el marco legal que las ampara. En esta campaña te ponemos en conocimiento de algunas vías legales y de emergencia que puedes utilizar en caso de necesitarlas:
Si te encuentras en una situación de peligro o emergencia, llama a cualquiera de los siguientes números de teléfono:
- 112 (Emergencias)
- 091 (Policía Nacional)
- 062 (Guardia Civil)
En caso de no poder realizar una llamada, puedes utilizar la app ALERTCOPS, servicio de alertas de seguridad ciudadana.
Si has sufrido lesiones o te encuentras emocionalmente mal, acude a tu centro de salud para buscar asistencia médica.
Y recuerda que no estás solo/a en esto: Apóyate en tus entornos cercanos.
MARCO LEGAL DE LA VIOLENCIA INTRAGÉNEROLa violencia intragénero se considera violencia doméstica y está regulada en los artículos 153.2 y 173.2 del Código Penal.
¿Dónde puedo interponer la denuncia?
- En la policía, tanto la Policía Nacional, como la autonómica o local.
- También puedes hacerlo en el cuartel o dependencias de la Guardia Civil.
- Todos estos estamentos están abiertos las 24 horas.
- En el Juzgado de instrucción de guardia o en el Juzgado de Paz del lugar donde vives. Los Juzgados de guardia también están abiertos las 24 horas.
- En la Fiscalía.
¿Cómo presento la denuncia?
La denuncia puede ser verbal o escrita. Puedes hacerla en persona o mediante un representante con un poder especial. Para interponer una denuncia no necesitas abogado/a ni procurador/a.
Puedes aportar el parte médico y cualquier otro documento que apoye tu denuncia (correos electrónicos, whatsapp, audios o vídeos, etc.). Si los hechos se han producido ante personas que puedan testificar, proporciona sus nombres, apellidos y direcciones.
Si tienes miedo de las represalias de tu pareja, pide una orden de protección en el mismo momento en que presentes la denuncia. Después de haber contado lo que te ha ocurrido, tómate el tiempo que necesites para leer la denuncia antes de firmarla, comprobando así que toda la información contenida es correcta y completa.
Allí mismo te entregarán una copia o resguardo de haber presentado la denuncia. Si no te la dan, solicítala.
Si tras denunciar te das cuenta de que has olvidado contar algo o no has aportado algún documento, no te preocupes. En el juzgado podrás ampliar la denuncia y la documentación, así como incorporar datos de posibles testigos.
Como víctima, tienes derecho a:
- A traducción: si no entiendes el idioma o a un intérprete de lengua de signos si tienes problemas de audición. Estos servicios son gratuitos.
- A que te informen de los derechos y recursos que tienes a tu disposición como víctima de un delito.
- A las ayudas correspondientes como víctima de un delito violento.
- A obtener una indemnización por los daños causados.
- A solicitar una orden de protección si tienes miedo de las represalias de tu pareja. La orden de protección puedes pedirla en el lugar donde presentes la denuncia.
- A personarte en el procedimiento judicial que se inicie con abogado/a y procurador/a para ejercer la acusación particular, o dejar que sea el Ministerio Fiscal quien lleve adelante la acusación. Si reúnes los requisitos económicos exigidos por la Ley de asistencia jurídica gratuita, puedes solicitar abogado/a y procurador/a de oficio para ejercer la acusación particular.
- A aportar las pruebas que acrediten los hechos que has denunciado (tanto en la comisaría como en el juzgado) aunque no estés personado/a en el procedimiento con abogado/a y procurador/a.